Según el Convenio Europeo del Paisaje (CEP), el paisaje es el resultado de la interacción entre la naturaleza y el ser humano y se refiere a cualquier parte del territorio tal y como es percibida por sus habitantes.
Considera el paisaje desde un punto de vista integrador, y por tanto su ámbito alcanza no sólo los espacios naturales o rurales, sino también los urbanos y periurbanos; y no sólo paisajes singulares, sino también los cotidianos o degradados. En este contexto, el paisaje y sus valores asociadosconstituyen un importante recurso de desarrollo y un elemento del que no se debe prescindir para implementar una adecuada política de ordenación territorial. La Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en su modificación realizada en 2015, insta al Gobierno de Navarra a elaborar la Estrategia Navarra del Paisaje (ENP) según las orientaciones del CEP, así como un conjunto de herramientas que permitan gestionar sus diferentes paisajes.
INFORMACIÓN: https://nasuvinsa.es/es/paisaje.
En respuesta al CEP y a la inquietud de la sociedad respecto al paisaje en el que vive, resulta necesario considerar la percepción social del territorio como un elemento más a considerar en la gestión del paisaje.
DOCUMENTOS EN DESARROLLO:
DOCUMENTO DE PAISAJE CORRESPONDIENTE AL ÁMBITO DEL PLAN DE ORDENACIÓN TERRITORIAL EJE DEL EBRO (POT 5) Y BARDENAS REALES DE NAVARRA
DIRECCIÓN DE LOS TRABAJOS
La Dirección técnica la lleva a cabo LURSAREA (Agencia Navarra del territorio y la sostenibilidad), en respuesta al encargo del Servicio del Territorio y paisaje del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local del Gobierno de Navarra.